ANMAT deja de controlar la importación de cosméticos y productos de higiene personal para uso individual

Desde el 28 de mayo, los usuarios podrán ingresar al país artículos de higiene y cosmética sin autorización previa de ANMAT, siempre que no sean para la venta. La medida forma parte del plan de desregulación oficial.

Desde este miércoles 28 de mayo, la ANMAT (Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica) deja de intervenir en los trámites vinculados a la importación de cosméticos y productos de higiene personal con destino de uso individual, sin fines comerciales. La medida fue oficializada mediante la disposición 3.562/2025 publicada en el Boletín Oficial, y forma parte del proceso de simplificación del Estado que impulsa el Ejecutivo.

La ANMAT ya no intervendrá en pedidos de ingreso de uso personal

La nueva normativa desvincula al organismo regulador de toda solicitud relacionada con productos cosméticos, domisanitarios de venta libre, artículos de higiene oral, pañales descartables, toallitas femeninas, tampones, copas menstruales y otros productos de uso externo o intravaginal, siempre que el ingreso sea para uso personal y no con fines de venta o distribución.

Esto implica que, desde ahora, los usuarios podrán adquirir estos productos desde el exterior o plataformas online sin necesidad de gestionar una autorización previa por parte de la ANMAT, como sucedía hasta ahora.

Según la resolución oficial, el objetivo es "equilibrar la libertad del usuario con una operación más dinámica", alineándose con los ejes del plan de desregulación estatal. No obstante, la ANMAT aclaró que, a partir de esta flexibilización, el uso de estos productos será bajo la exclusiva responsabilidad del consumidor, quien deberá asumir los riesgos y consecuencias derivados de su aplicación.

Productos de higiene personal habilitados para ingreso sin autorización de ANMAT:

  • Productos cosméticos y domisanitarios de venta libre (lavandinas, detergentes, etc.)

  • Pastas dentales y enjuagues bucales

  • Pañales descartables para bebés y adultos

  • Toallitas femeninas, protectores diarios y absorbentes de leche materna

  • Tampones y copas menstruales

Prohibida la comercialización

La reglamentación aclara que, si bien se libera la importación para uso personal, sigue prohibida la comercialización o distribución gratuita de estos artículos, lo que podría dar lugar a sanciones.

Esta medida se suma a la resolución N° 2857/2025, emitida a comienzos de mayo, mediante la cual la ANMAT ya había eliminado controles sobre la importación de productos médicos de uso directo por pacientes, siempre que no requieran prescripción profesional.

El Gobierno busca con estas decisiones dinamizar procesos, reducir burocracia y optimizar recursos estatales, aunque el debate por las consecuencias sanitarias y regulatorias sigue abierto.

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